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República Dominicana 2020: el reto de un nuevo sistema electoral

 Elecciones en la República Dominicana

República Dominicana, estado miembro de IDEA Internacional, celebrará elecciones generales en menos de un año, agendadas para el próximo 7 de mayo de 2020.

Hoy se tienen registrados 7.4 millones de electores convocados a elegir al próximo presidente y vicepresidente y a los representantes del congreso; esto es, a 32 senadores, 190 diputados y 20 representantes ante el Parlamento Centroamericano. Igualmente, en caso que ninguno de los candidatos presidenciales logre la mayoría absoluta, habrá balotaje o segunda vuelta el 28 de junio de 2020. Además, se tiene previsto celebrar elecciones municipales el 16 de febrero, en las que se elegirá a 158 alcaldes y vicealcaldes, y a 1,164 regidores. Y, por si fuera poco, previo a las elecciones generales se celebrarán elecciones primarias el próximo 6 de octubre de 2019.

 

Si bien una elección general es siempre un reto, lo es aún más si estas suceden posterior a la aprobación de cambios significativos a las leyes electorales. Después de las elecciones generales de 2016, se promulgaron dos leyes que hoy cobran mucha importancia de cara a los comicios del 2020. Por un lado está la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, promulgada en agosto de 2018. De manera específica, esta nueva ley  introduce nuevos requisitos para la solicitud del reconocimiento de los partidos; nuevas causas para la pérdida de la personería jurídica; nuevos requisitos para la filiación y desafiliación a partidos políticos; nuevos elementos para la presentación de precandidaturas; cambios al proceso interno para la selección de candidatos; regulaciones para el periodo de precampañas; topes de gastos en la precampañas y regulaciones sobre las fuentes de ingresos así como la distribución y utilización de los recursos públicos destinados a partidos, cuotas de género, entre otras.  

 

Por otro lado, está la Ley 15-19 Orgánica del Régimen Electoral, aprobada en febrero de 2019. Esta incluye nuevas disposiciones y cambios al sistema electoral. Destacan los cambios en el horario de votación que en lugar de ser de 6 de la mañana a 6 de la tarde, ahora será de 7 de la mañana a 5 de la tarde; la prohibición del voto a aquellos ciudadanos dominicanos residentes en el extranjero que hayan formado parte de las fuerzas armadas del Estado donde residen; y la introducción del voto automatizado, para agilizar el conteo de los votos el día de los comicios. Sobre este cambio en específico, la Junta Central Electoral (JCE) ha hecho tres simulacros, uno a nivel interno, el segundo a nivel regional y el tercero y más reciente a nivel nacional. Se tiene previsto implementar el sistema de voto automatizado para las elecciones primarias del próximo 6 de octubre.

 

La ley 15-19 también incluye la suspensión de los “funcionarios/candidatos”; es decir, que funcionarios públicos puedan ser candidatos. También prohibe la inauguración de obras públicas 60 días previos al día de la elección. Igualmente se prohíbe el transfuguismo político (que los partidos políticos puedan presentar a candidatos previamente nominados por otros partidos) y se obliga a los partidos a retirar su propia propaganda política posterior al periodo electoral. Sobre financiamiento político, la ley estipula nuevos topes de gastos de campaña para los partidos. Para el caso de topes de gastos de campaña para los candidatos, estos toman como base un monto fijo por elector. A nivel presidencial será de RD$122.50 pesos dominicanos (USD $2.3) por elector inscrito en el Registro Electoral nacional; para las elecciones del congreso será de RD$105 por elector a nivel provincial o circunscripción; y para las elecciones de alcaldes y regidores será de RD$87.50 y RD$43.75 respectivamente por electores al nivel correspondiente. Finalmente, la nueva ley también contempla la creación de un registro de compañías encuestadoras que será administrado por la JCE y la creación de la Procuraduría para Delitos Electorales que estará adscrita a la Procuraduría General de la República.

 

Al día de hoy, ambas leyes han recibido impugnaciones en diferentes sentidos. La Ley 33-18 ha sido impugnada por medio de 10 recursos de inconstitucionalidad sobre los cuales el Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado a favor en 4 ocasiones. De acuerdo a un comunicado emitido por el mismo TC, los artículos 5,  numeral  12;  43;  44,  numerales  4,  6  y  7  en el párrafo  III; y  49,  numeral  3 no son conformes con la constitución. De estas decisiones, la que llama más la atención es la declaratoria válida de inconstitucionalidad del artículo 44 numeral 6 el cual pretendía prohibir la difusión de mensajes negativos que dañasen la imagen de los candidatos por medio de redes sociales. De manera similar, también se han presentado acciones de inconstitucionalidad contra la Ley 15-19, específicamente contra los artículos 284 numeral 18 y el 187 numeral 4, que se pronuncian sobre posibles sanciones a los mensajes en redes sociales que resulten ofensivos durante las elecciones. Al respecto el TC ha declarado en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, incluido el recurso sobre el artículo 284.

 

De la misma forma, los cambios a las leyes electorales han sucitado constantes modificaciones lo que ha derivado en un incremento en las resoluciones emitidas por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE).  En lo que va del año (y previo aún a las elecciones primarias), el TSE ha emitido un total de 65 sentencias, con lo que supera por más del doble el número de sentencias de años anteriores (30 en 2017 y 28 en 2018). Cabe destacar que sólo durante la inscripción de precandidaturas se emitieron en tan solo 13 días, 18 sentencias contenciosas y 309 sentencias de rectificación sobre actas del Estado Civil. Así mismo, durante el periodo de reclamos sobre precandidaturas –de tan sólo 25 días- el TSE emitió 35 sentencias contenciosas electorales y alrededor de 700 sobre rectificaciones.

 

Por otro lado, al respecto de la creación de la Procuraduría para Delitos Electorales incluida en la nueva Ley 15-19, el Presidente del TSE Román Jaquéz Liranzo, ha destacado que en realidad en el país no existen antecedentes de ninguna condena penal por violación a la norma electoral. Por ello, y ante esto, el magistrado Jaquéz ha urgido la importancia de la aplicación de la ley y la necesidad de que el Ministerio Público ponga en marcha la jurisdicción penal electoral dispuesta para la persecución de delitos y crímenes electorales.

 

Previo al 2020, será primordial tomarle el pulso a la implementación de los cambios a las leyes electorales dominicanas. La implementación de nuevas reglas del juego en elecciones es primordial para saber que sí funciona y que no y así mejorar el sistema electoral, corregir las fallas y aunar a la consolidación de la democracia. En este tenor, IDEA Internacional mantiene su compromiso de con base en evidencias y experiencia comparada internacional, aunar al mejoramiento del sistema electoral y democrático en República Dominicana.

Acerca de los autores

Ex miembro del personal - Miguel Angel Lara Otaola
Senior Adviser, Democracy Assessment
Jose Fernando Meneses Romero
Consultant
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