Dominican Republic
Question | Value |
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1. Is there a ban on donations from foreign interests to political parties? |
Code
Yes
Source
Artículo 47.- Fuentes de Ingresos. Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas. Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas; y será ilícita la intervención directa o indirecta del Estado, de cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizadas o de empresas que caigan dentro de la aplicación de la Ley de Inversión Extranjera, de los ayuntamientos o de entidades dependientes de éstos, de gobiernos extranjeros en el sostenimiento de los partidos o el financiamiento de sus campañas. Artículo 55. Sólo se considerarán lícitos los ingresos provenientes del Estado canalizado a través de la Junta Central Electoral y las contribuciones de personas físicas, quedando terminantemente prohibido la aceptación de ayudas materiales de grupos económicos, de gobiernos e instituciones extranjeras y de personas físicas vinculadas a actividades ilícitas. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
2. Is there a ban on donations from foreign interests to candidates? |
Code
Yes
Source
Artículo 47.- Fuentes de Ingresos. [...] y será ilícita la intervención directa o indirecta del Estado, de cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizadas o de empresas que caigan dentro de la aplicación de la Ley de Inversión Extranjera, de los ayuntamientos o de entidades dependientes de éstos, de gobiernos extranjeros en el sostenimiento de los partidos o el financiamiento de sus campañas. Tal intervención, sea cual fuere la forma en que se produzca, constituye presunción de entendimiento con los partidos o sus candidatos en beneficio de los interesados de esas entidades o sus propietarios, socios, accionistas, beneficiarios, directores o representantes, y en tal virtud, queda absolutamente prohibida. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
3. Is there a ban on corporate donations to political parties? |
Code
No
Source
Artículo 47.- Fuentes de Ingresos. Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas. Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
4. Is there a ban on corporate donations to candidates? |
Code
No
Comment
No bans on corporate donations to candidates in law. Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
5. Is there a ban on donations from Trade Unions to political parties? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
6. Is there a ban on donations from Trade Unions to candidates? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
7. Is there a ban on anonymous donations to political parties? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 8 (p. 563). |
8. Is there a ban on anonymous donations to candidates? |
Code
No
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9. Is there a ban on donations from corporations with government contracts to political parties? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 8 (p. 563). |
10. Is there a ban on donations from corporations with government contracts to candidates? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
11. Is there a ban on donations from corporations with partial government ownership to political parties? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 8 (p. 563). |
12. Is there a ban on donations from corporations with partial government ownership to candidates? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
13. Is there a ban on the use of state resources in favour or against a political party or candidate? |
Code
Yes
Comment
It is prohibited to political parties to make use in any form of the assets and goods property of the state; and to public officers and employees offer the use of such assets or goods to the political parties and candidates. Source
Artículo 45. Efectos del Reconocimiento. Actos de Carácter Político. Se prohíbe a los partidos [...] usar, en cualquier forma y a cualquier título, los bienes del Estado, de las provincias y de los municipios, o de los fondos públicos en provecho propio o de los candidatos por ellos postulados, salvo la contribución electoral señalada en la presente ley. Se prohíbe igualmente a todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios poner a disposición de cualquier agrupación o partido político o de cualquier candidato, o permitirle el uso, en cualquier forma y a cualquier título, de tales bienes o fondos. Artículo 47.- Fuentes de Ingresos. Se prohíbe a los partidos políticos, a sus dirigentes, militantes o relacionados, recibir exoneraciones, donaciones o regalos de parte de cualesquiera de los poderes del Estado, o de los ayuntamientos, directamente o bajo cualquier mecanismo jurídico, así como beneficiarse directa o indirectamente de los recursos y medios que pertenezcan al Estado para realizar sus actividades proselitistas, o sostenerse, salvo la contribución electoral señalada en la presente ley. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
14. Is there a limit on the amount a donor can contribute to a political party during a non-election specific period? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
15. If there is a limit on the amount a donor can contribute to a political party during a non-election specific period, what is the limit? |
Code
Not applicable
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16. Is there a limit on the amount a donor can contribute to a political party during an election? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 7 (p. 562). |
17. If there is a limit on the amount a donor can contribute to a political party during an election, what is the limit? |
Code
Not applicable
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18. Is there a limit on the amount a donor can contribute to a candidate? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
19. If there is a limit on the amount a donor can contribute to a candidate, what is the limit? |
Code
Not applicable
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20. Is there a limit on the amount a candidate can contribute to their own election campaign? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
21. Is there a limit on in-kind donations to political parties? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
22. Is there a limit on in-kind donations to candidates? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
23. Is there a ban on political parties engaging in commercial activities? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
24. Is there a ban on political parties taking loans in relation to election campaigns? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
25. Is there a ban on candidates taking loans in relation to election campaigns? |
Code
No
Source
Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
26. Is there a ban on donors to political parties/candidates participating in public tender/procurement processes? |
Code
No
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27. Are there provisions requiring donations to go through the banking system? |
Code
No
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Question | Value |
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28. Are there provisions for direct public funding to political parties? |
Code
Yes, both regularly and in relation to campaigns
Comment
The amount of the fund is increased in election years. Source
Artículo 48.
Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
29. What are the eligibility criteria for political parties to receive public funding? |
Code
Comment
Parties need to obtain at least 2% votes to be legally recognized. Source
Artículo 50. (Modificado art. 1, ley No. 78-05 del 18-08-05) En los años de Elecciones Generales, la distribución de las contribuciones ordinarias del Estado se hará de la manera siguiente: 1. El ochenta por ciento (80%) se distribuirá en partes iguales entre los partidos que obtuvieron más del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en los últimos comicios. 2.- El veinte por ciento (20%) se distribuirá de la siguiente manera: el doce por ciento (12%) en partes iguales para los que obtuvieron menos de un cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las elecciones previas y los de nuevo reconocimiento si los hubiere; el restante ocho por ciento (8%) se distribuirá en proporción a los votos válidos obtenidos por cada uno de los partidos que obtuvieron menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones. PÁRRAFO: Cuando luego de las elecciones generales para elegir al presidente y vicepresidente de la República, hubiere de celebrarse una segunda ronda entre los dos candidatos más votados, el Estado proveerá adicionalmente el equivalente al veinticinco por ciento (25%) de lo aportado ese año, a distribuirse entre los dos partidos, en partes iguales, a más tardar diez (10) días después de la proclama correspondiente”. Artículo 53. Si un partido que haya recibido la contribución electoral se retirare de participar en las elecciones sin causa de fuerza mayor que lo justifique tendrá que rembolsar al Estado las sumas obtenidas hasta el momento de su retiro. Artículo 54. (Modificación art. 3, ley No. 78-05 del 18-08-05)
Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. Being legally recognized and maintaining this recognition by obtaining at least 2 per cent of the valid votes in the last presidential elections or having representation in the Congress or the municipal council (Sala capitular) Source: Cost of Democracy: Essays on Political Finance in Latin America. International IDEA. 2016, p. 98. See also Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 4 (p. 557). |
30. What is the allocation calculation for political parties to receive public funding? |
Code
Equal Proportional to votes received
Comment
80% is distributed equally among political parties that obtained more than 5% of the valid votes in the previous election. 12% is distributed equally among all parties that obtained less than 5% of the valid votes in the previous election and the new registered parties. 8% is distributed in proportion to votes gained by parties that obtained less than 5% of the votes in the previous election. Source
Artículo 50. (Modificado art. 1, ley No. 78-05 del 18-08-05) En los años de Elecciones Generales, la distribución de las contribuciones ordinarias del Estado se hará de la manera siguiente: 1. El ochenta por ciento (80%) se distribuirá en partes iguales entre los partidos que obtuvieron más del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en los últimos comicios. 2.- El veinte por ciento (20%) se distribuirá de la siguiente manera: el doce por ciento (12%) en partes iguales para los que obtuvieron menos de un cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las elecciones previas y los de nuevo reconocimiento si los hubiere; el restante ocho por ciento (8%) se distribuirá en proporción a los votos válidos obtenidos por cada uno de los partidos que obtuvieron menos del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones. PÁRRAFO: Cuando luego de las elecciones generales para elegir al presidente y vicepresidente de la República, hubiere de celebrarse una segunda ronda entre los dos candidatos más votados, el Estado proveerá adicionalmente el equivalente al veinticinco por ciento (25%) de lo aportado ese año, a distribuirse entre los dos partidos, en partes iguales, a más tardar diez (10) días después de la proclama correspondiente”. Artículo 54. (Modificación art. 3, ley No. 78-05 del 18-08-05)
Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. See also Junta Central Electoral, Reglamento sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos Políticos por el año 2018. |
31. What are the provisions on 'ear marking' direct public funding to political parties (how it should be used)? |
Code
No
Source
La ley no contempla disposiciones que regulen el uso que deben dar las organizaciones políticas al monto recibido ni la distribución de los fondos públicos entre las diferentes modalidades de candidatura. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (p. 491). |
32. Are there provisions for free or subsidized access to media for political parties? |
Code
Yes
Comment
During the campaign period but only in media (radio and television) owned by the State. Divided equally among parties. Source
Artículo 94. Igualdad de Acceso a Medios de Divulgación. Todas las agrupaciones o partidos políticos deberán disfrutar de posibilidades iguales para la utilización de los medios de divulgación durante el período electoral. [...] c) [...] la Junta Central Electoral dispondrá que, a los partidos y/o alianzas o coaliciones que hubieren inscrito candidatos presidenciales, congresionales y municipales, se les concedan espacios gratuitos para promover sus candidaturas y programas en los medios de masa electrónicos de radio y televisión propiedad del Estado. Dichos espacios deberán ser asignados conforme a los principios de equidad e igualdad. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
33. What criteria determine allocation for free or subsidized access to media for political parties? |
Code
Number of candidates
Comment
Free access to State media is granted to parties that nominate candidates. Source
Artículo 94. Igualdad de Acceso a Medios de Divulgación. [...] c) Una vez concluido el plazo para la presentación de candidaturas y aprobadas éstas, la Junta Central Electoral dispondrá que, a los partidos y/o alianzas o coaliciones que hubieren inscrito candidatos presidenciales, congresionales y municipales, se les concedan espacios gratuitos para promover sus candidaturas y programas en los medios de masa electrónicos de radio y televisión propiedad del Estado. Dichos espacios deberán ser asignados conforme a los principios de equidad e igualdad. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
34. Are there provisions for free or subsidized access to media for candidates? |
Code
No
Comment
Only to political parties. Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
35. Are there provisions for any other form of indirect public funding? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
36. Is the provision of direct public funding to political parties tied to gender equality among candidates? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 14 (p. 576). |
37. Are there provisions for other financial advantages to encourage gender equality in political parties? |
Code
No
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 14 (p. 576). |
Question | Value |
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38. Is there a ban on vote buying? |
Code
Yes
Comment
Vote buying is regarded a criminal offence punishable with prison for two years and the payment of a fine. Source
Artículo 171. Falsedad en Materia Electoral. [...] b) Serán castigados con la pena del mínimo de reclusión, es decir dos (2) años de reclusión y multa de RD$5,000.00 a RD$20,000.00: [...] 6. Los que sobornaren, en cualquier forma y por cualquier medio, a un elector para inducirle a votar de una manera determinada. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. Art. 113. Todo ciudadano que, en las elecciones, hubiere comprado o vendido un sufragio, cualquiera que sea su precio, sufrirá la pena de inhabilitación para cargos y oficios públicos, desde uno hasta cinco años y multa de diez a cien pesos. El comprador del sufragio y su cómplice serán condenados a una multa que pagarán cada uno por sí, cuyo monto se elevará al duplo del valor de las cosas recibidas u ofrecidas. Si este valor no pudiere determinarse, la multa será de diez a cien pesos. Source: Codigo Penal de la República Dominicana.
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39. Are there limits on the amount a political party can spend? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011.
Si bien existe un cumplimiento estricto por parte del Estado en la entrega de los fondos que por ley deben destinarse a los partidos políticos, al revisar las informaciones reportadas por los partidos políticos a la JCE salta a la vista que no existe un régimen riguroso de control de los gastos. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (p. 498). |
40. If there are limits on the amount a political party can spend, what is the limit? |
Code
Not applicable
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41. Are there limits on the amount a candidate can spend? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
42. If there are limits on the amount a candidate can spend, what is the limit? |
Code
Not applicable
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43. Are there limits on the amount that third parties can spend on election campaign activities? |
Code
No data
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44. Are there limits on traditional media advertising spending in relation to election campaigns? |
Code
No
Source
La Ley Electoral, en su artículo 94a, contempla consideraciones mínimas referidas al acceso a los medios de comunicación [...]. Esta regulación no contempla restricciones de recursos económicos dedicados a publicidad electoral; como consecuencia, la participación de los candidatos en los medios de comunicación dependerá de la cantidad de recursos de los que dispongan. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (pp. 492-493). |
45. Are there limits on online media advertising spending in relation to election campaigns? |
Code
No data
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46. Do any other restrictions on online media advertisement (beyond limits) exist? |
Code
No data
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Question | Value |
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47. Do political parties have to report regularly on their finances? |
Code
Yes
Source
tanto la Ley Electoral como el reglamento relativo a la distribución de la contribución económica del Estado obligan a los partidos a entregar a la Junta Central Electoral un informe de todos los ingresos y egresos dentro de un formato unificado [...]. [L]a Ley Electoral faculta a la JCE a solicitar los servicios de la Contraloría General de República para auditar “los registros contables de cada partido para determinar las fuentes de ingresos y los gastos correspondientes” (artículo 52) [...]. [L]a Ley Electoral y el Reglamento citado [Reglamento sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los partidos políticos] obliga a los partidos a remitir informes de todos los ingresos recibidos y gastos efectuados, no sólo los correspondientes a las donaciones del sector público [...]. [E]stos informes deben entregarse a las autoridades electorales tres meses después de celebradas las elecciones, cuando se trate de un año electoral, y a más tardar dos meses después del cierre del año, cuando se trate de años no electorales. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (p. 497). |
48. Do political parties have to report on their election campaign finances? |
Code
Yes
Comment
Parties shall submit a detailed report of their incomes and expenses before and after an election. Source
Artículo 45. Efectos del Reconocimiento. Actos de Carácter Político. A más tardar sesenta (60) días antes de la fecha de cualquier elección, cada partido deberá presentar a la Junta Central Electoral una relación pormenorizada de sus ingresos y gastos, desde las últimas elecciones. La Junta tendrá facultad para disponer el examen de los documentos relativos a los ingresos y gastos por intermedio de auditores designados por ella. La Junta podrá disponer, según lo justifiquen a su juicio las circunstancias y el interés público, que este examen se verifique a expensas del Estado. A más tardar tres (3) meses después de cada elección ordinaria, los partidos enviarán a la Junta Central Electoral informes pormenorizados de sus ingresos y egresos, con el objeto de establecer que sus fondos no provienen de fuentes que la ley prohíba y que han sido invertidos en actos lícitos de organización, proselitismo y propaganda. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
49. Do candidates have to report on their election campaign finances? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
50. Do third parties have to report on election campaign finances? |
Code
No data
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51. Is information in reports from political parties and/or candidates to be made public? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
52. Must reports from political parties and/or candidates reveal the identity of donors? |
Code
No
Source
Expert input provided by Mario Núñez, Subdirector Nacional de Elecciones, Junta Central Electoral, October 2011. |
53. Must reports from political parties and/or candidates include information on itemized income? |
Code
No
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54. Must reports from political parties and/or candidates include information on itemized spending? |
Code
No
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55. Which institution(s) receives financial reports from political parties and/or candidates? |
Code
EMB
Comment
The institution is the Junta Central Electoral Source
tanto la Ley Electoral como el reglamento relativo a la distribución de la contribución económica del Estado obligan a los partidos a entregar a la Junta Central Electoral un informe de todos los ingresos y egresos. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (p. 497). Artículo 45. Efectos del Reconocimiento. Actos de Carácter Político. A más tardar sesenta (60) días antes de la fecha de cualquier elección, cada partido deberá presentar a la Junta Central Electoral una relación pormenorizada de sus ingresos y gastos, desde las últimas elecciones [...]. A más tardar tres (3) meses después de cada elección ordinaria, los partidos enviarán a la Junta Central Electoral informes pormenorizados de sus ingresos y egresos. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
56. Which institution(s) is responsible for examining financial reports and/or investigating violations? |
Code
EMB
Source
La Junta Central Electoral tendrá facultad para anular cualquier operación de la cual tenga conocimiento e incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar con el auxilio de la fuerza pública respecto a cualquier bien, o para hacer cesar de inmediato cualquier uso indebido de los recursos y medios del Estado. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. [L]a JCE es el organismo responsable de entregar el aporte estatal y de implantar medidas de control de todos los gastos de los partidos políticos, entidad que cuenta también con la posibilidad de utilizar los servicios de la Contraloría General de la República. Source: Cueto, Francisco, Financiación de los partidos políticos en la República Dominicana, in Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, (p. 498). |
57. What power is granted to the institution(s) responsible for examining reports and/or investigating violations? |
Code
Other
Comment
The Junta Central Electoral has the power to take any precautionary measure in relation to any operation in contrast with the regulation. Source
La Junta Central Electoral tendrá facultad para anular cualquier operación de la cual tenga conocimiento e incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar con el auxilio de la fuerza pública respecto a cualquier bien, o para hacer cesar de inmediato cualquier uso indebido de los recursos y medios del Estado. Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones. |
58. What sanctions are provided for political finance infractions? |
Code
None
Source
Gutiérrez, Pablo & Zovatto, Daniel (eds) (2011) Financiamentos de los partidos políticos en América Latina, IDEA/OAS/UNAM, Mexico, Table 13 (p. 574). |