49. Do candidates have to report on their election campaign finances?

Ecuador

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Yes
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Art. 228.- Para cada proceso electoral los responsables de recibir aportaciones para las campañas electorales y los candidatos, deberan notificar al organismo electoral competente la apertura de los registros contables, en los cuales constarán obligatoriamente todos los aportes o contribuciones, de cualquier naturaleza que fueren realizados por cualquier persona natural para el proceso electoral; y, de la misma manera, todos los gastos realizados con los respectivos soportes contables, documentados y en los plazos exigidos por la presente Ley. Todo ingreso y egreso será registrado en la contabilidad y se cumplira lo dispuesto en la Ley de Regimen Tributario Interno, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Art. 230.- En el plazo de noventa dias después de cumplido el acto de sufragio, la o el responsable del movimiento economico de la campaña, con intervencion de una contadora o contador público autorizado, liquidará los valores correspondientes a ingresos y egresos de la campaña electoral presentando para ello un balance consolidado, el listado de contribuyentes con la determinacion de los montos y los justificativos que esta ley prevé.

Art. 231.- La presentación de cuentas la realizará la o el responsable del manejo economico de la campaña electoral, ante el órgano electoral competente. (...) Los órganos electorales vigilarán que las cuentas se presenten en los plazos previstos y con todos los documentos que los justifiquen.

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Candidates have to report on their election campaign finances. Although most of the regulation shows the obligation to report on election campaign finances directed to political parties rather than to candidates, there is a mention to candidates in one article of the law (228).

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