4. Is there a ban on corporate donations to candidates?
Colombia
Ley Nº 130: ARTÍCULO 14. APORTES DE PARTICULARES. Los partidos, movimientos políticos y candidatos, al igual que las organizaciones adscritas a grupos sociales que postulen candidatos, podrán recibir ayuda o contribuciones económicas de personas naturales o jurídicas.
Ley Nº 1475: ARTÍCULO 16. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. Los partidos y movimientos políticos podrán acudir a las siguientes fuentes para la financiación de su funcionamiento y de sus actividades:
(...) 2. Las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, de sus afiliados y/o de particulares. (...)
Corporate donations are allowed as an income for candidates.