24. Is there a ban on political parties taking loans in relation to election campaigns?

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Artículo 100. De los créditos e instrumentos bancarios 

1. Los sujetos obligados sólo podrán obtener financiamiento de instituciones de crédito y de sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, debidamente formalizado. 

2. Los contratos deberán celebrarse de manera directa entre el partido o coalición y la institución financiera, sin intermediarios.

3. Los instrumentos para la dispersión de recursos como monederos, tarjetas de débito y homólogos, deberán ser proveídos directamente por las instituciones de crédito y sociedades reguladas en esta materia e invariablemente el recurso deberá estar plenamente identificado y provenir de la cuenta bancaria abierta exprofeso a nombre del partido o coalición. 

4. El sujeto obligado que opte por dispersar recursos a través de los instrumentos descritos en el numeral anterior, deberá integrar una relación detallada en la que vincule claramente uno a uno el número de identificación del instrumento con la persona a la que se lo entregó, y que deberá ser el destinatario último del mismo. Esta relación deberá incluir, al menos, el nombre completo, domicilio actual, clave de elector, monto total y fechas en las que estuvo activo el instrumento. También deberán incluirse los datos referidos en este párrafo en el convenio o contrato que se celebre. 

5. Los sujetos obligados sólo podrán hacer uso de los instrumentos de dispersión descritos en el numeral anterior, para cubrir gastos por los siguientes conceptos: 

a)Los sueldos y salarios del personal, combustible, viáticos y otros similares del personal que guarde relación contractual con el sujeto obligado; 

b)Los gastos de estructura partidista de campaña realizados dentro de los procesos electorales en relación con el art. 199 numeral 7 del presente Reglamento; y 

c)Los gastos relativos a estructuras electorales en relación con el artículo 199 numeral 6 del presente Reglamento.

Source: Electoral Auditing Rules, 2018

Comment

Loans are permitted but certain restrictions apply.

Political parties are not allowed to take loans to finance party activities, only to cover expenses of payroll and structure costs. Loans may only be obtained from recognized credit and financial institutions, through a direct agreement between the party and financial institution, with no intermediaries. 

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