1. Is there a ban on donations from foreign interests to political parties?
Paraguay
Art. 68(a) Los partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones electorales, y los movimientos internos de éstos, no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente, en forma monetaria o no monetaria:a) Contribuciones o donaciones de entidades extranjeras como gobiernos, fundaciones, partidos, movimientos políticos, instituciones y personas físicas o jurídicas, salvo que tratándose de personas físicas o jurídicas las mismas fijen residencia o domicilio en el país y el destino de su contribución o donación sea cubrir los costos de actividades de formación, capacitación e investigación del partido o movimiento político.
Art. 282(b) En la recaudación de fondos destinados a las campaña electoral les está absolutamente prohibido a los partidos, movimientos políticos y alianzas: b) recibir aporte de gobiernos, entidades públicas o personas físicas o jurídicas extranjeras, salvo que tratándose de personas físicas o jurídicas las mismas fijen residencia o domicilio en el país;
Ban applies to all types of foreign contributions, except to those foreign entities with registered residence in the country, as long as they only fund research or training activities.