47. Do political parties have to report regularly on their finances?

Bolivia

Bolivia

Answer
Yes
Source

Ley de Partidos Politicos, No. 1983

Ley de Régimen Electoral, Ley No. 018, June 16 2010

Ley del Régimen Electoral, Ley No. 026, June 30 2010

Comment

Art. 57 (Plan anual de actividades y presupuesto) "Los partidos politicos formularon un plan anual de actividades a objeto de dar cumplimiento a la prevision del numeral V del Articulo 52o de la presente ley. Asimismo, elaboraron su presupuesto anual. Ambos documentos seran puestos en conocimiento de la Corte Nacional Electoral en los plazos que ella establezca." 

Art. 61 (Estados financieros) "Anualmente los partidos deberan presentar ante la Corte Nacional Electoral sus estados financieros de la gestion (balance y estado de resultados) auditados por firma calificada y contratada de acuerdo con el Reglamento de Contratacion de Firmas de Auditoria Independiente, emitido por la Contraloria General de la Republica.II. La Corte Nacional Electoral podre requerir las aclaraciones y complementaciones que considere necesarias al balance presentado, debiendo los partidos absolverlas dentro del plazo que les sea fijado.III. La Corte Nacional Electoral podre solicitar opinion calificada e independiente, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en la materia."

Ley de Partidos Politicos, No. 1983

Art. 29 (Atribuciones sobre las organizaciones politicas). "El Tribunal Supremo Electoral tiene las siguientes atribuciones sobre las organizaciones politicas: 6. Fiscalizar el patrimonio, origen y manejo de los recursos economicos de las organizaciones politicas de alcance nacional."

Art. 85. (CREACION DE LA UNIDAD TECNICA DE FISCALIZACION) "Se crea la Unidad Técnica de Fiscalizacion (UTF) como parte del Tribunal Supremo Electoral para la regularizacion, fiscalizacion del patrimonio, origen y manejo de los recursos economicos de las organizaciones politicas y del financiamiento de la propaganda electoral de todas las organizaciones que participen en procesos electorales, referendums y revocatorios de mandato, para efectos de transparencia y rendicion de cuentas documentadas en coordinacion con la Contraloria General del Estado.II.    La informacion generada por esta Unidad es publica y sera difundida periodicamente por el Tribunal Supremo Electoral."

Ley de Régimen Electoral, Ley No. 018

Art. 263 (UNIDAD TECNICA DE FISCALIZACION)  "El organo Electoral Plurinacional regulare y fiscalizare el patrimonio, las fuentes de financiamiento y el uso de recursos economicos de las organizaciones politicas, a través de la Unidad Técnica de Fiscalizacion."

Art. 264 (REGISTRO DE PATRIMONIO) "Sin perjuicio de lo que disponga la Ley especial, las organizaciones politicas a tiempo de ser registrados en el organo Electoral Plurinacional, deberan presentar un balance de apertura, que de cuenta de su informacion patrimonial."

Ley del Régimen Electoral, Ley No. 026

Close tooltip