35. Are there provisions for any other form of indirect public funding?
Argentina
Artículo 1°- Sustitúyese el artículo 3° de la ley 26.215, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3°: Exención impositiva. Los bienes, cuentas corrientes y actividades de las agrupaciones políticas reconocidas estarán exentos de todo impuesto, tasa o contribución nacional, incluido el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto a los créditos y débitos bancarios. Esta exención alcanzará a los bienes inmuebles locados o cedidos en comodato a las agrupaciones siempre que se encuentren destinados en forma exclusiva y habitual a sus actividades específicas y que los tributos estén a su cargo. Quedan comprendidos en la exención los bienes de renta de la agrupación con la condición de que aquella se invierta, exclusivamente, en la actividad partidaria y no acrecentare directa o indirectamente el patrimonio de persona alguna. La exención operará de pleno derecho y su concesión no estará sujeta a trámite alguno
Articulo 1. Ley 27.504: Modificaciones Ley 26.215: Ley de Finaciamiento de los Partidos Politicos, 2019