21. Is there a limit on in-kind donations to political parties?

Spain

Spain

Answer
No
Source

Artículo 5. Límites a las donaciones privadas.

Uno. Los partidos políticos no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente:

a) Donaciones anónimas, finalistas o revocables.

b) Donaciones procedentes de una misma persona superiores a 50.000 euros anuales.

c) Donaciones procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica.

Se exceptúan del límite previsto en la letra b) las donaciones en especie de bienes inmuebles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.2, letra e).

Dos. Todas las donaciones superiores a 25.000 euros y en todo caso, las donaciones de bienes inmuebles, deberán ser objeto de notificación al Tribunal de Cuentas por el partido político en el plazo de tres meses desde su aceptación.

Source: Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos. Modified by Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre and Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo.

Close tooltip