19. If there is a limit on the amount a donor can contribute to a candidate, what is the limit?
Panama
"Ninguna nómina de candidatos a cargo de elección popular podrá recibir de una sola fuente contribuciones privadas que excedan los siguientes porcentajes sobre sus respectivos topes de gastos: 1. Las presidenciales, 3 %. 2. Las de diputados, incluyendo a los del Parlamento Centroamericano, los alcaldes, concejales y representantes de corregimiento, 25 %.
Para aplicar este tope, la nómina restará lo que financie con recursos propios.
Source: Art. 214, código electoral panameño.